Burgos Graves disturbios
Violencia antisistema con vínculos con la izda abertzale
Un momento de los disturbios en el barrio de Gamonal, de Burgos.
Vídeo. ATLAS | Foto: JAVIER BARRANCO
Los problemas con la Policía no son precisamente
desconocidos para al menos
cinco de los detenidos durante los graves
disturbios que se produjeron el pasado fin de semana en Burgos.
Según explicaron fuentes policiales, tras los graves incidentes del sábado y
del domingo se practicaron
40 detenciones. Y de ellos, cinco
contaban ya con antecedentes policiales.
Desde estancia ilegal en
España, pasando por robo con violencia, maltrato en el ámbito familiar, hurto,
atentado contra la autoridad... Estos cinco detenidos son ya
habituales entre los ficheros policiales. Al menos dos de ellos son de fuera de
España.
Las fuentes consultadas por este periódico explicaron que en el origen de
estos incidentes pueden estar organizaciones antisistema, organizaciones de
ultra izquierda como
Resaca Castellana, que se autodefine
castellana y antifascista. Varios de los detenidos pertenecen a este grupo.
También figura en el origen de esta escalada de violencia Izquierda
Castellana, una organización antisistema que siempre ha mantenido
fuertes vínculos con la izquierda abertzale.
Los analistas policiales alertan de que en el origen pueden estar estos
grupo anti sistema que se han dedicado a "incendiar y movilizar" a
jóvenes de Burgos que son los que, luego, realmente, han protagonizado en
primera persona los incidentes. "Unos encienden la mecha y calientan
a los jóvenes, y otros activan los disturbios", sintetizó
gráficamente un mando policial.
UCRANIA democracia asamblearia de autogestión
Ciudadanos descontentos y espacio "fortificado" con barricadas
Los
opositores, (partidarios de entrar en la Unión Eurpea, por tanto manifestantes "buenos") denuncian que también estará prohibido ir
a las manifestaciones con casco protector, temen que tras estas
disposiciones esté la intención de desalojar por la fuerza la Plaza de la
Independencia,
conocida como Maidan. El espacio está ocupado por ciudadanos descontentos
desde principios del mes pasado, fortificado con barricadas y en él impera una
especie de "democracia asamblearia" en la que no impera otra ley que la de la
autogestión. Aunque la policía ha intentado en dos ocasiones desalojar a los
cientos de personas que pasan cada noche allí - y que por el día alcanzan
las decenas de miles- la resistencia física de los manifestantes lo ha
impedido. En los últimos días se ha reforzado la presencia policial en los
alrededores, y los manifestantes temen una intervención de los antidisturbios.
Medidas coercitivas
UCRANIA
Los medios de comunicación de este país condenan la dureza de las leyes en Ucrania
Las nuevas
reglas permiten castigar con 15 días de arresto el simple hecho de llevar la
cara tapada con una máscara o distribuir información que pueda ser considerada
extremista. La nueva normativa parece hecha a medida para frenar los disturbios
callejeros de los últimos meses, en los que ciudadanos descontentos con
el Gobierno han impedido al presidente y al primer ministro entrar a sus
oficinas en varias ocasiones.
ESPAÑA
Anteproyecto de la ley de "seguridad" ciudadana (alias ley mordaza)
INFRACCIONES
MUY GRAVES
1.La
perturbación muy grave de la seguridad ciudadana no constitutiva de delito en
actos públicos, espectáculos deportivos o culturales, solemnidades y oficios
religiosos u otras reuniones numerosas.
2.La
convocatoria por cualquier medio o asistencia a cualquier reunión o
manifestación, con finalidad coactiva e inobservancia de los requisitos
previstos en la Ley Orgánica 9/1983, de 15 de julio, desde que,conforme a la
Ley Orgánica 5/1985, de 19 de junio, de Régimen Electoral General, haya
finalizado la campaña electoral hasta la finalización del día de la elección.
3.Las
reuniones o manifestaciones no comunicadas o prohibidas en lugares que tengan
la consideración de infraestructuras críticas conforme a la Ley 8/2011, de 28
de abril, por la que se establecen medidas para la protección de las
infraestructuras críticas, o en sus inmediaciones, así como la intrusión en los
recintos de éstas, incluyendo su sobrevuelo, y la interferencia ilícit
a u obstrucción en su funcionamiento, siempre
que llevasen aparejado un riesgo para las personas o un perjuicio para su
funcionamiento.
INFRACCIONES GRAVES.
2. La
participación en alteraciones de la seguridad ciudadana usando capuchas, cascos
o cualquier otro tipo de prenda u objeto que cubra el rostro, impidiendo o
dificultando la identificación.
INFRACCIONES
LEVES
6.Las
manifestaciones públicas efectuadas a través de cualquier medio de difusión
cuya finalidad sean las injurias o calumnias a las instituciones públicas,
autoridades, agentes de la autoridad o empleados públicos , cuando no
constituyan delito, así como la falta de respeto y de la consideración debida a
la autoridad o a sus agentes en el ejercicio de sus funciones.
9.La
ocupación de cualquier espacio común, público o privado, fuera de los casos
permitidos por la ley o contra la decisión adoptada en aplicación de aquélla por
la autoridad competente, o la permanencia en él contra la voluntad de su
propietario, arrendatario o titular de otro derecho sobre el mismo, cuando no
sean constitutivas de delito
16.La
colocación no autorizada en la vía pública de elementos o estructuras no fijas,
como tenderetes, pérgolas, tiendas de campaña, construcciones portátiles o
desmontables u objetos análogos
SANCIONES
Las
infracciones contempladas en esta ley podrán ser sancionadas por las
autoridades competentes con una o más de las sanciones siguientes, atendida la
naturaleza de la conducta infractora:
Multa de 100 a 1.000 € por infracciones leves.
Multa de 1.001 a 30.000 € por infracciones graves.
Multa de 30.001 a 600.000 € por infracciones muy
graves.